Empresa de instalación de cargadores de coche eléctrico en Almería Tu derecho, la letra de la ley y dos sentencias del Supremo

Instalar un cargador de coche eléctrico en tu comunidad de propietarios

Cuando vives en un bloque, el cargador se decide en el garaje. Y ahí la Ley de Propiedad Horizontal te da la razón: tu plaza individual, tu punto de recarga, y a la comunidad solo hay que avisarla. Dos sentencias del Tribunal Supremo lo han rematado. Aquí tienes lo que dice la norma, sin adornos.


2 fraseses todo lo que ocupa el art. 17.5 de la LPH
0 díasde plazo para que la comunidad te conteste
23,9 %de la recarga pública, averiada (ANFAC, 2T 2026)
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El punto de partida

Por qué instalar un cargador de coche eléctrico en casa si vives en piso

España es el país de la Unión Europea donde más gente vive en altura: el 65,3 % de la población reside en piso, frente al 48 % de media comunitaria (Eurostat, 2024). Traducido al coche eléctrico, significa que para la mayoría de nosotros la conversación no empieza en el concesionario, sino en el sótano del edificio: en una plaza numerada, con un techo lleno de tuberías y un cuarto de contadores a treinta metros. Quien tiene chalet resuelve esto en una tarde. El resto se encuentra de frente con la comunidad, y ahí es donde nacen los rumores que vamos a desmontar más abajo.

La salida fácil —«ya cargaré por ahí»— tiene un problema de datos. Según el barómetro de ANFAC del segundo trimestre de 2026, en España hay 56.682 puntos de recarga de acceso público, pero 17.821 están fuera de servicio: un 23,9 %, prácticamente uno de cada cuatro. Y el dato no viene de un grupo ecologista ni de una consultora interesada, sino de la patronal de los fabricantes de automóviles. Planificar tu semana contando con esa red es planificar con una moneda al aire.

Por eso quien ya tiene un eléctrico hace lo único sensato: el 84 % de los conductores españoles suele cargar en casa (encuesta de Chargemap a 19.958 conductores de nueve países, 2025). Enchufas al llegar, la batería se llena de madrugada y la energía la pagas a tu tarifa doméstica, no a la de una estación de carretera. La única pieza que falta para que eso funcione desde un cuarto piso es un enchufe en tu plaza. Y esa pieza, aunque medio vecindario crea lo contrario, no depende del humor de la junta.

La norma, en la mano

Qué dice la ley sobre el punto de recarga en la comunidad de propietarios

Casi todo lo que se cuenta en los garajes de Almería sobre este asunto es folclore. La ley aplicable ocupa dos frases y el Tribunal Supremo la ha explicado dos veces en poco más de un año. Esto es lo que hay, con nombre y apellidos.

Art. 17.5 LPHComunicas, no pides

La ley entera cabe en dos frases

El artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal se lee en veinte segundos. Dice que un punto de recarga de uso privado, situado en el aparcamiento del edificio y en una plaza individual de garaje, «sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad». Y añade una segunda frase: la obra y la electricidad que consumas las pagas tú, íntegramente. Ahí termina el artículo. Fíjate en el verbo, porque es todo el asunto: comunicar, no solicitar. Nadie autoriza nada, porque no hay nada sometido a autorización. Cualquier requisito que te añadan por encima de esos tres ingredientes —uso privado, aparcamiento del edificio, plaza individual— sencillamente no está escrito en la norma.

STS 1745/20251 de diciembre de 2025

El cable puede cruzar los elementos comunes

Es la objeción favorita de quien quiere frenarte: «tu cable pasa por el techo del garaje, y el techo es de todos». El Tribunal Supremo la resolvió en su sentencia del 1 de diciembre de 2025 con un razonamiento de puro sentido común: no hay manera material de llevar la corriente hasta una plaza sin atravesar algo común, de modo que exigir autorización por ese motivo dejaría la norma vacía de contenido. Conclusión: aunque el trazado discurra en todo o en parte por elementos comunes, sigue bastando el aviso previo. Un detalle práctico de aquel pleito: el propietario había avisado al administrador, y el tribunal lo dio por válido.

STS 16/202614 de enero de 2026

Sin proyecto técnico y sin fórmula solemne

Este caso iba más lejos todavía: la instalación perforaba el forjado del garaje, y la Audiencia Provincial había llegado a exigir unanimidad de los propietarios. El Supremo revocó esa decisión el 14 de enero de 2026. Y de camino aclaró dos cosas que te ahorran disgustos: el 17.5 no impone forma alguna al aviso ni te obliga a acompañarlo de una descripción técnica exhaustiva. Con informar del trazado y de los detalles esenciales cumples. El burofax es útil para dejar constancia de que avisaste —es prueba—, pero la ley no lo exige en ningún sitio.

Límites y pruebaLe toca demostrarlo a ellos

Lo único que sí se puede discutir

Tu derecho no es un cheque en blanco, y conviene saber dónde está la raya. Caben dos objeciones, y solo dos: que la afectación de los elementos comunes sea innecesaria o desproporcionada, existiendo otra manera razonable de hacerlo, o que se acredite un perjuicio real a otros copropietarios. Repara en el verbo otra vez: acreditar. La carga de la prueba recae sobre la comunidad, no sobre ti; no basta con que a alguien no le guste. Lo que a ti te corresponde es cumplir la norma técnica, la ITC-BT-52, y salir de ahí con el boletín firmado. De eso nos ocupamos nosotros.

Te dejamos el escrito de comunicación redactado y listo para entregar. Pídenos precio para tu plaza.

Lo que se dice en el sótano

Seis mitos sobre instalar un wallbox en un garaje comunitario

Los hemos oído todos, y alguno lo publica incluso el sector. Aquí van los seis más repetidos, cada uno con la norma o la sentencia que lo tumba.

«El presidente no me da permiso»

Es que el presidente no tiene ningún permiso que dar. Su papel en el art. 17.5 no es decidir, es enterarse. La comunicación es un acto de una sola dirección: informas y sigues adelante. Un presidente que te dice que no está expresando una opinión, no está resolviendo un expediente. La ley se limita a decir «a la comunidad» y no concreta más; lo prudente es dirigirse al presidente, al administrador o a ambos, y guardar copia. En el pleito que llegó al Supremo en diciembre de 2025 el aviso se había hecho al administrador y nadie discutió que fuera suficiente.

«Eso hay que llevarlo a la junta y votarlo»

No, siempre que hablemos de una plaza individual. No hay punto del orden del día que redactar, ni mayoría que juntar, ni acta que esperar durante meses. El 17.5 saca esta decisión del terreno colectivo justamente porque no toca el bolsillo de nadie más: la instalación y el consumo salen de tu cuenta. Otra cosa muy distinta es que la comunidad quiera montar una infraestructura común para todo el garaje; eso sí se acuerda en junta, pero es una decisión suya y no condiciona tu derecho a poner lo tuyo mientras tanto.

«Como el cable pasa por zonas comunes, hace falta unanimidad»

Este cayó por escrito y por dos veces. En diciembre de 2025 el Supremo dijo que la comunicación previa vale aunque el tendido discurra por elementos comunes, porque lo contrario haría imposible aplicar la norma a un garaje real. Y en enero de 2026 fue más allá: ni siquiera perforar el forjado convierte tu instalación en algo que requiera unanimidad. Si alguien te pide un acuerdo unánime para tirar una línea desde el cuarto de contadores hasta tu plaza, te está pidiendo algo que dos sentencias del Tribunal Supremo dicen que no procede.

«Habría que modificar los estatutos de la comunidad»

El 17.5 no obliga a tocar el título constitutivo ni los estatutos. Si lo exigiera, lo diría; y no lo dice. Poner tu punto de recarga en tu plaza no altera la descripción del edificio ni crea un elemento nuevo para nadie. Ahora bien, vamos a ser honestos contigo en un matiz: si unos estatutos prohibieran expresamente los puntos de recarga, no hemos localizado jurisprudencia que resuelva ese supuesto concreto. La lógica que emplea el Supremo —una cláusula no puede dejar la norma sin contenido— apunta en tu favor, pero no te lo vamos a presentar como un asunto cerrado, porque no lo está.

«La comunidad tiene un mes para contestarme»

Este es el bulo mejor instalado del sector, y lo repiten webs que deberían haberlo comprobado. Ve al art. 17.5 y busca el plazo: no existe. No hay treinta días para responderte, ni para oponerse, ni para ofrecerte una ubicación alternativa. Tampoco hay silencio positivo ni negativo que interpretar, sencillamente porque no has solicitado nada: no hay nada que conceder. ¿De dónde sale entonces el famoso mes? De dos confusiones. La primera, el art. 17.8 de la propia LPH, que sí concede 30 días naturales… a los propietarios que faltaron a una junta y quieren discrepar de lo acordado: otro asunto por completo. La segunda, Cataluña: su Codi civil sí impone un preaviso de 30 días y dos meses para proponer alternativa, pero eso rige allí. En Almería se aplica la LPH estatal, y la LPH estatal no marca ningún plazo.

«Es peligroso, un cargador puede incendiar el garaje»

Un punto de recarga bien ejecutado no es un enchufe grande colgado de la pared: es un circuito dedicado que no comparte nada con el resto de la instalación. Lleva su propio diferencial de 30 mA por punto, magnetotérmico de curva C omnipolar, protección obligatoria contra sobretensiones, grados IP e IK reforzados para el ambiente de un garaje y su certificado de instalación eléctrica (CIE) firmado. La ITC-BT-52, que es la instrucción que gobierna esto, solo veta la recarga con desprendimiento de gases, un supuesto de baterías antiguas que nada tiene que ver con un coche eléctrico moderno. Si alguien en tu comunidad plantea el miedo de buena fe, enséñale el boletín: es exactamente el documento que existe para responder a esa pregunta.

Instalación de un cargador de coche eléctrico en el garaje de una comunidad de propietarios en Almería
Bajamos a tu garaje

Visita al sótano, precio cerrado y el escrito para la comunidad

Vemos el cuarto de contadores, medimos el recorrido real hasta tu plaza y te decimos qué se puede hacer y cuánto cuesta. La visita no cuesta nada.

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De dónde sale la luz

Cómo se conecta el punto de recarga en un garaje comunitario

Un cargador en una plaza de garaje no se enchufa: se cuelga de algún sitio. Y ese «algún sitio» lo tienes tasado en la instrucción ITC-BT-52, que dibuja ocho maneras distintas de llevar la corriente hasta el coche. Suena a jerga de electricista, pero la elección la vas a notar tú en tres cosas muy terrenales: lo que cuesta la obra, lo que pagas cada mes y si tienes que pasar o no por una junta de vecinos. Te traducimos las cuatro que de verdad se plantean en un edificio de pisos. Aviso previo: existe una quinta, el llamado esquema 4a, que consiste en tirar el cable desde el cuadro de tu propia casa hasta el sótano; la Guía oficial del Ministerio la desaconseja abiertamente en edificios divididos por pisos, porque provocaría —dice literalmente— «grandes caídas de tensión y la necesidad de disponer de patinillos de grandes dimensiones». La reserva para chalets y fincas de un solo suministro. Nada impide, además, que en un mismo garaje convivan varios esquemas a la vez.

Esquema 2

Colgado del contador de tu vivienda

Del contador que ya tienes en la centralización del edificio sale una línea nueva e independiente que baja directa a tu plaza. Aquí conviene deshacer un malentendido que circula por todas partes: en el esquema 2 el cargador no depende del cuadro eléctrico de tu casa ni de sus automáticos —eso es otra cosa, el esquema 4a—. Nace antes, en el propio contador, y viaja por su cuenta. La consecuencia práctica es muy buena para tu bolsillo: no te empuja a pasarte a electrificación elevada, con el rediseño del cuadro doméstico que eso arrastraría. Es lo que solemos plantear cuando el vecino se costea el punto por su cuenta y no quiere depender de nadie.

A favor. Es la vía más económica: ni acometida nueva ni segundo contador que dar de alta. El coche se te factura dentro de tu recibo de la luz de siempre, con tu tarifa doméstica y sus horas valle, que es justo cuando el coche duerme enchufado.

En contra. El coche y la casa beben de la misma potencia contratada. Por eso casi siempre lo acompañamos de un sistema que vigile el conjunto y baje al cargador cuando en casa se juntan el horno, el aire y la vitrocerámica.

Esquemas 3a y 3b

Un contador propio solo para el coche

Aquí el punto de recarga se convierte en un abonado más del edificio: tiene su contador, su titular y su factura, al margen por completo de la de tu vivienda. La diferencia entre las dos variantes está en el espacio físico: el 3a aprovecha la centralización de contadores que ya existe, mientras que el 3b obliga a levantar una centralización nueva. Es la fórmula de quien quiere que el consumo del coche esté contablemente separado —por ejemplo, para justificarlo aparte— o de quien tiene una vivienda ya muy justa de potencia y prefiere no mezclar.

A favor. Tienes potencia propia y exclusiva para el coche: cargue lo que cargue, en casa nadie se entera. Y el consumo del vehículo queda perfectamente identificado, sin necesidad de calcular qué parte del recibo se ha ido al depósito.

En contra. Sale bastante más caro. Hay que abonar derechos de acometida y de enganche, y a partir de ahí pagas dos veces el término fijo, uno por cada suministro, cargues o no cargues ese mes. El 3b, además, puede requerir obra en el cuarto de contadores.

Esquema 4b

Desde los servicios comunes del garaje

La corriente sale del suministro de servicios generales del edificio, el mismo del que cuelgan el ascensor, la bomba o el alumbrado del sótano. Es una vía elegante cuando el edificio ya tiene margen ahí y se quiere dejar el garaje preparado para ir sumando plazas con el tiempo, sin volver a picar paredes cada vez que un vecino se compra un coche eléctrico. La contrapartida es de gobernanza más que técnica: estás tocando algo que es de todos.

A favor. Aprovecha la acometida que el inmueble ya tiene contratada y crece bien: el primer punto abre camino y los siguientes se enganchan a la infraestructura existente. Con contador por plaza, cada uno paga rigurosamente lo suyo.

En contra. Al intervenir sobre un elemento común, hace falta acuerdo de junta: no basta con avisar. Y después hay que montar el mecanismo de refacturación para pasar a cada usuario su parte y que la cuota común no acabe pagando gasolina ajena.

Esquemas 1a, 1b y 1c

Instalación colectiva para todo el aparcamiento

La comunidad decide electrificar el garaje entero de una vez: una línea troncal con su contador principal recorre el sótano y de ella van colgando las plazas. El 1a se apoya en la centralización de contadores que ya existe; el 1b monta una centralización nueva dedicada solo a la recarga; el 1c lleva un circuito individual hasta cada plaza con su contador secundario. El orden no es libre: la norma manda agotar primero los módulos de reserva disponibles (1a) antes de ampliar, y solo permite estrenar centralización cuando ya no cabe físicamente nada más. Sobre esto, la Guía oficial deja un consejo que suscribimos: que vecino y comunidad pacten el esquema al aparecer el primer cargador, «sin que la decisión individual de una de las dos partes afecte a la otra». El primero marca el camino de los diez siguientes.

A favor. Es la única familia que permite montar el SPL, y con él la norma deja de contar cada cargador a pleno rendimiento: el coeficiente de simultaneidad se desploma hasta el 0,3. Traducido: en el mismo edificio caben muchísimas más plazas cargando.

En contra. Exige que la comunidad se moje y ponga una inversión inicial, más el sistema para refacturar a cada usuario. Nada de esto se decide en un rellano: hay que llevarlo a junta con números encima de la mesa.

La objeción de siempre

Potencia disponible en el edificio: cuántos wallbox caben de verdad

«Aquí no hay potencia para eso» es la frase que más veces hemos oído en un cuarto de contadores, y casi siempre la dice alguien que no ha hecho el cálculo. Vale la pena desmontarla despacio, porque detrás hay números concretos y bastante menos drama del que parece.

Empecemos por el aparato que lo cambia todo: el SPL, siglas de «sistema de protección de la línea general de alimentación». Su trabajo es sencillo de contar: vigila la línea gorda que alimenta el edificio entero y, si nota que se está acercando a su límite, afloja momentáneamente la carga de los coches hasta que vuelve a haber holgura. Nunca toca la luz de las viviendas: en los pisos no se entera nadie, la tele no parpadea y el horno sigue a lo suyo. Solo los coches ceden, y ceden un rato.

Sobre el papel el SPL es opcional —la norma lo deja a criterio del titular del suministro o de la junta en edificios ya construidos—. En la práctica lo es del mismo modo que es opcional que los cargadores quepan. La razón está en un número: con SPL, la previsión de potencia del edificio computa cada cargador al 0,3; sin SPL, al 1,0. Es decir, sin ese sistema el cálculo asume que todos los coches del garaje cargan a tope a la vez, para siempre, y el edificio agota su margen a los pocos puntos. Ojo, además, con confundirlo con el reparto entre cargadores: son dos cosas distintas y a distinta altura. El SPL protege la línea general aguas arriba, del lado de la compañía; el balanceo se ocupa de repartir el circuito de la recarga entre los propios coches, aguas abajo.

Segundo número que conviene tener a mano: la norma fija una previsión mínima obligatoria para los garajes de comunidades de propietarios, y la fórmula es 0,1 × número de plazas × 3,68 kW. Fíjate en lo que está admitiendo ese 0,1: que solo una de cada diez plazas va a estar cargando en un momento dado. Un garaje de 50 plazas se reserva 18,4 kW. La norma también obliga a que la memoria o el proyecto incluya el cálculo del número máximo de estaciones que la instalación admite, y reconoce expresamente que un sistema de control permite meter puntos adicionales. Lo que no existe, y esto es importante, es una cifra oficial de «cuántos wallbox aguanta una acometida normal». Quien te la suelte de memoria se la está inventando; nosotros tampoco te la vamos a dar sin ver tu edificio.

Y ahora el límite honesto, el que casi nadie cuenta. Un cargador no puede bajar de 6 amperios, alrededor de 1,4 kW: por debajo de ahí no carga, se apaga. Ese es el suelo real. Pero llegar a ese suelo significa que el garaje está a rebosar, y aun entonces el reparto de potencia no falla por seguridad, falla por comodidad: nadie se queda sin cargar, simplemente todos cargan más despacio. Y aquí entra el detalle que desactiva el miedo: el coche está enchufado ocho o diez horas seguidas mientras duermes. A nadie le importa si tardó cuatro horas o siete si por la mañana está lleno.

Un apunte que juega a tu favor en la contratación: la tarifa 2.0TD —la de cualquier suministro de hasta 15 kW, según la Circular 3/2020 de la CNMC— tiene tres periodos de energía y te deja contratar dos potencias distintas, una para punta y llano y otra para valle, y la de valle puede ser más alta. Como el coche carga de noche, subes solo la potencia del valle y dejas la de punta como estaba: te ahorras ampliar la general. Añade que e-distribución aplica un procedimiento abreviado en baja tensión cuando la potencia final no pasa de 15 kW, que reduce los plazos de respuesta a la mitad y cubre prácticamente cualquier vivienda con wallbox. Dos matices para que no te lleves sorpresas: solo puedes cambiar la potencia contratada una vez cada doce meses (la regla sigue viva, aunque su antigua base legal ya no está en vigor), y las modificaciones temporales de potencia todavía no están operativas, así que no cuentes con ellas.

Qué potencia de wallbox necesitas y qué exige cada una

PotenciaSuministroIntensidadPara quién
3,7 kW Monofásico 230 V 16 A Recorridos cortos y diarios, o garajes muy justos de margen. Carga lenta pero suficiente si haces pocos kilómetros.
7,4 kW Monofásico 230 V 32 A El estándar en vivienda. Es lo que montamos casi siempre en una plaza particular: entra en un suministro normal y aprovecha la noche entera.
11 kW Trifásico 400 V 16 A Solo si tu suministro es trifásico, algo poco común en pisos. Habitual en instalaciones colectivas y en empresas.
22 kW Trifásico 400 V 32 A Flotas, empresas y usos profesionales. En una vivienda rara vez tiene sentido: lee la nota de abajo.

Sobre los 22 kW conviene ser claro, aunque no venda: en una vivienda casi nunca sirven. Y no por tu instalación, sino por el coche. La mayoría de modelos limitan su propio cargador interno de corriente alterna a 7,4 u 11 kW, así que aunque le pongas delante un equipo de 22 kW, el vehículo aceptará lo que acepte y ni un kilovatio más. Habrás pagado una instalación más cara, con más sección de cable, para cargar exactamente igual de rápido. Lo mismo vale para los «kilómetros de autonomía por hora» que verás en muchos folletos: dependen tanto del modelo, de la batería y hasta de la temperatura que dar una cifra cerrada es fingir una precisión que no existe. Preferimos calcularlo con tu coche delante.

Quién paga cada kilovatio

Contador individual del punto de recarga: cuándo es obligatorio

Depende del esquema, y la norma lo dice sin ambigüedad. En los colectivos (1a, 1b y 1c) y en el 4b —los que reparten energía de una línea común dentro de un aparcamiento en régimen de propiedad horizontal— el contador secundario por plaza es obligatorio siempre que haya, en palabras de la norma, una transacción comercial que dependa de esa medida. Lógico: si lo que gastas tú lo está adelantando la comunidad, alguien tiene que poder demostrar cuánto has gastado. Debe ser de clase A o superior y medir energía activa. En cambio, en el esquema 2 y en el 4a el contador es opcional, a elección del titular: como ahí la energía ya sale de tu propio suministro y se te factura a ti, no hay nada que repartir. Aun así, mucha gente lo pone igualmente para saber con exactitud qué parte del recibo se le va al coche.

Y aquí una aclaración que ahorra sustos y presupuestos inflados: ese contador no es un contador fiscal de la distribuidora. No es un segundo equipo de la compañía eléctrica, con su alta, su trámite y su cuota. Es un aparato de medida para uso interno del edificio, y por eso admite soluciones muy distintas según lo que haya: puede ir en un armario, dentro de una envolvente en el cuarto correspondiente o, cada vez más a menudo, integrado en el propio cargador, que ya lleva la medición de serie y la vuelca a la aplicación. En muchos garajes, esa última vía resuelve la obligación sin añadir ni un solo elemento nuevo a la pared.

Cuando decide la comunidad

Instalación colectiva de cargadores: qué mayoría hace falta en la junta

Una cosa es que tú montes tu punto en tu plaza y otra muy distinta que la comunidad decida electrificar el garaje entero para todos. La segunda sí pasa por junta, y es aquí donde se acumulan los mitos: ni hace falta unanimidad, ni tampoco basta con lo que digan la mitad más uno. La regla es otra, y es más suave de lo que casi todo el mundo cree.

El listón está en el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal: hace falta el voto favorable de un tercio de los propietarios que represente, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. Los dos tercios, ojo: no vale con juntar muchos vecinos pequeños ni con un solo propietario grande. Pero fíjate en la magnitud: no hablamos de convencer a todo el edificio ni de reunir mayoría absoluta. Con que una tercera parte del vecindario vea claro que el garaje necesita infraestructura de recarga, el acuerdo sale adelante y vincula a la comunidad. En muchos edificios eso son cuatro o cinco propietarios decididos.

La otra mitad de la ecuación es la que desarma la resistencia en la junta, y conviene decirla en voz alta antes de votar: al propietario que no vote a favor no se le puede repercutir el coste, ni el de la instalación ni el de su mantenimiento posterior. Está en el propio 17.1. Y no exige nada heroico: no hace falta oponerse formalmente ni levantar la voz, porque abstenerse o ni siquiera aparecer por la junta protege igual. Basta con no votar a favor. Ahora bien, la puerta no se cierra para siempre: si dentro de unos años ese vecino se compra un eléctrico y quiere engancharse a lo que los demás pagaron, podrá hacerlo abonando su parte actualizada más el interés legal. Es el argumento que más veces desatasca una votación: quien no lo ve, no paga; y quien lo ve, no queda atrapado por los que no lo ven.

Y ahora el matiz honesto, ese que preferimos contarte nosotros a que lo descubras en un juzgado. El artículo 17.1 no nombra expresamente los puntos de recarga de vehículos. Habla de telecomunicaciones, de energías renovables y de «infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos». Aplicar el tercio a la recarga es la interpretación mayoritaria, la que se viene aplicando en la práctica y la que sostiene la doctrina, pero no es una lectura literal del texto. Quien te enseñe ese artículo diciendo que la ley menciona los cargadores, o no se lo ha leído o prefiere que tú no lo hagas. Nuestra recomendación práctica: llevar la propuesta a junta bien documentada, con el esquema técnico elegido, los números de potencia del edificio y el reparto de costes por escrito. Un acuerdo bien redactado y bien explicado es lo que evita que alguien lo impugne dos años después.

¿Lo vais a llevar a junta? Preparamos la propuesta técnica y los números para la comunidad.

Precio en plaza de comunidad

¿Cuánto cuesta instalar un cargador en tu plaza de garaje?

En una comunidad el equipo casi nunca es lo que decide la factura: lo decide el recorrido. Desde el cuarto de contadores hasta tu plaza puede haber ocho metros en línea recta o cuarenta dando vueltas por el sótano, y esa diferencia es la que separa el extremo bajo del alto de la horquilla. Estos son los rangos con los que trabajamos; tu número sale de ver el garaje.

Tu punto en tu plaza

El caso corriente: línea desde el cuarto de contadores hasta tu plaza, canalizada y protegida, wallbox montado, tu consumo medido aparte y la instalación legalizada. El escrito para la comunidad va redactado dentro.

1.200 - 2.400 €

Solo el montaje

Ya tienes comprado el cargador y quieres que lo dejemos colgado, conectado en condiciones y con papeles. La cifra depende de los metros hasta la plaza y del estado del cuadro del que colguemos la línea.

400 - 1.400 €

Infraestructura para todo el garaje

Cuando la comunidad decide preparar el sótano entero, o sois varios vecinos a la vez: una canalización troncal con reparto de potencia y medida individual, de la que cada uno se cuelga cuando le toque. Estudio a medida según plazas y potencia del edificio.

desde 1.500 €

Qué mueve el precio en una comunidad

01

Los metros hasta tu plaza

La partida que más se mueve, con diferencia. No es lo mismo tener la plaza pegada al cuarto de contadores que en el otro extremo del sótano: cada tramo suma cable, tubo y horas, y a partir de cierto punto obliga a subir la sección del conductor, porque si no la tensión cae y el coche carga más despacio de lo que debería.

02

Si hay hueco por donde tirar

Muchos garajes conservan bandeja libre o algún tubo de reserva del edificio original. Si podemos aprovecharlo, la obra se abarata bastante. Si hay que canalizar de cero, fijar grapas y bordear pilares y rampas, el trabajo se alarga y el presupuesto lo nota.

03

Cómo se mide tu consumo

Si la línea puede salir de tu propia derivación individual, todo va por el contador que ya tienes y no hay nada más que añadir. Si conviene arrancar del servicio común, entra en juego un contador secundario o un divisionario para tu plaza, con su cuadro y su coste.

04

Plantas y crecimiento previsto

Bajar dos o tres sótanos encarece el trazado. Y merece la pena decidir de entrada si se deja el arranque con margen: cuando el segundo vecino compre un eléctrico —y lo hará—, engancharse a algo previsto sale mucho más barato que volver a abrir el techo del garaje.

Pídenos tu precio cerrado
Cómo se hace en una comunidad

Instalar un punto de recarga en el garaje, paso a paso

Cuatro pasos, y en ninguno de ellos dependes de que tus vecinos digan que sí. Esto es lo que pasa desde que nos llamas hasta que el cargador queda dado de alta.

01

Vemos el garaje

Bajamos al sótano contigo. Miramos el cuarto de contadores, seguimos el recorrido posible hasta tu plaza y comprobamos qué potencia hay realmente disponible en el edificio. De ahí sale el importe en firme y la manera más limpia de tirar la línea.

02

Comunicación previa a la comunidad

Te la entregamos escrita, con los datos técnicos de la obra, para que solo tengas que firmarla y darla al presidente o al administrador. No hay que esperar respuesta ni contar plazo alguno: es un aviso, no una petición de permiso.

03

Ejecución en el sótano

Canalizamos, tendemos, montamos el cuadro con sus protecciones y colgamos el wallbox en tu plaza. Lo hace empresa instaladora autorizada de baja tensión. Al terminar dejamos el punto probado y la carga programada en el tramo horario que te interese.

04

Legalización y alta

Memoria técnica de diseño y boletín (CIE) a tu nombre, registrados ante la Delegación Territorial de Almería. También miramos nosotros qué pide tu ayuntamiento, que para una instalación sencilla suele resolverse por declaración responsable.

Sobre plazos, vamos a hablar claro. La instalación en sí, en un garaje sin complicaciones, se resuelve en uno o dos días. El proceso completo —visita, comunicación, obra y legalización— se cuenta por semanas. Y hay un supuesto en el que nadie honrado puede darte fecha: si el edificio necesita refuerzo de potencia, el calendario pasa a manos de la distribuidora y deja de estar en las nuestras. Cualquiera que te prometa un plazo total cerrado sin haber visto tu cuarto de contadores está adivinando.

Normativa y papeles

Legalización del cargador en un garaje: boletín, proyecto y protecciones

Circula la idea de que meter recarga en un aparcamiento comunitario obliga a un expediente enorme. En un garaje que ya existe, casi nunca es así. Esto es lo que la norma pide de verdad.

En un garaje ya existente no hace falta proyecto

Es el dato que más sorprende y está escrito en la ITC-BT-04: si el aparcamiento pertenece a un edificio de viviendas ya construido, la recarga se legaliza con memoria técnica de diseño y boletín (CIE), por grande que sea el sótano. Otra cosa es la obra nueva, donde sí puede arrastrar proyecto.

Cuándo sí lo exige la norma

Hay tres supuestos que obligan a proyecto: superar los 50 kW de potencia, instalar en exterior por encima de 10 kW o emplear modo de carga 4, la carga rápida en corriente continua. Cuando se entra en cualquiera de ellos, se suma además la inspección inicial de un organismo de control (OCA). Para el punto de un vecino en su plaza, ninguno aplica.

Las protecciones que manda la ITC-BT-52

Por cada punto de conexión: diferencial clase A de 30 mA, magnetotérmico de corte omnipolar con curva C, protección obligatoria contra sobretensiones —temporales y transitorias— y su conductor de protección con toma de tierra. Y un mito que conviene enterrar: el diferencial tipo B no es obligatorio. La norma acepta el tipo A con detección de 6 mA en continua, detección que la mayoría de cargadores ya incorpora de fábrica.

Quién sella y quién tramita

El boletín lo firma empresa instaladora autorizada y se registra ante la Delegación Territorial de Almería. La red del edificio la opera e-distribución (grupo Endesa), y por ahí van acometidas, boletines y ampliaciones, tengas la luz contratada con quien la tengas: la comercializadora la eliges tú, la distribuidora te viene dada. Del trámite municipal —el RDL 29/2021 sustituyó licencias por declaraciones responsables para puntos de recarga— nos informamos nosotros en tu ayuntamiento antes de empezar.

Ayudas y fiscalidad · julio de 2026

Ayudas y deducción del IRPF por el punto de recarga de tu plaza

Vas a leer por ahí que hay subvenciones para esto. A día de hoy no las hay, y prometértelas para firmar el presupuesto sería estafarte con meses de retraso. Lo que sí existe, existe de verdad.

Deducción del 15 % en el IRPF: la buena noticia para tu plaza

Te restas el 15 % de lo pagado, con base máxima de 4.000 € anuales, o sea hasta 600 € menos de IRPF. Sigue viva para cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026 (RDL 7/2026) y se aplica en el ejercicio en que termina la instalación. Condiciones: pagar por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta —en efectivo no vale—, que el punto no esté afecto a actividad económica y tener permisos y boletín. Y el detalle que casi nadie cuenta: el manual de la Agencia Tributaria admite expresamente los aparcamientos colectivos en régimen de propiedad horizontal. Tu plaza entra.

MOVES: cerrado, y no va a haber MOVES IV

Las solicitudes del MOVES III terminaron el 31 de diciembre de 2025; en Andalucía, la partida de recarga se quedó sin dinero durante ese mismo mes. La resolución de febrero de 2026 de la Agencia Andaluza de la Energía amplió crédito, pero únicamente para atender la lista de reserva: no reabrió el plazo. En julio de 2026 no hay convocatoria abierta, ni del Estado ni de la Junta, que pague un punto de recarga. Y el Plan Auto+ 2026 tampoco sirve: su dinero va a la compra del coche, no a la instalación.

Lo que te dejamos en la mano para deducir

Factura a tu nombre con la fecha de finalización clara, justificante del pago bancario, boletín (CIE) sellado y la ficha del equipo. Con esa carpeta, tu declaración de 2026 —la que presentas en primavera de 2027— tiene todo lo que la Agencia Tributaria puede pedirte. Un matiz que preferimos advertirte: el escenario respaldado es tu punto en tu plaza privativa. Si es la comunidad quien instala y reparte el coste entre vecinos, no existe consulta vinculante que aclare la deducción, y no vamos a inventárnosla.

Furgoneta de Almericarga, instaladores de cargadores de coche eléctrico en comunidades de propietarios de Almería
Empresa de Almería

Tu instalador oficial de cargadores de coche eléctrico en Almería

Trabajamos en garajes de comunidades de toda la provincia, del centro de Almería a los bloques de la costa. El equipo es nuestro y la obra la hacemos nosotros: no subcontratamos el sótano de tu edificio a nadie.

Nos manejamos con administradores de fincas y con juntas, y sabemos explicar la parte técnica a quien tiene que entenderla. Si tu comunidad quiere preparar el garaje entero, llevamos la propuesta con los números encima de la mesa.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el cargador en tu comunidad de propietarios

¿Puede la comunidad impedirme poner el cargador en mi plaza?

No puede. La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 17.5, configura la instalación en plaza privativa como un derecho del propietario, no como algo sujeto a autorización de nadie. El Tribunal Supremo se pronunció el 1 de diciembre de 2025 y de nuevo el 14 de enero de 2026 en la misma dirección: ni el paso por elementos comunes ni tener que perforar el forjado sirven de excusa para bloquearlo.

¿Hay que llevarlo a la junta de vecinos y votarlo?

No hay votación que ganar ni punto del orden del día que preparar. La norma cambia el acuerdo por una simple notificación al presidente o a quien administre el edificio, diciendo que vas a instalar el punto en tu plaza. Nosotros te la redactamos con los datos técnicos de la obra. Y conviene saberlo: tampoco existe plazo de espera, así que no tienes que aguardar contestación para empezar.

El cable tiene que cruzar zonas comunes del garaje, ¿es un problema?

Es lo habitual y está resuelto. La línea sale del cuarto de contadores y recorre el sótano por bandeja, tubo o techo hasta llegar a tu plaza, y ese trayecto atraviesa elementos comunes prácticamente siempre. Las dos sentencias recientes del Supremo dejan sentado que ese paso, e incluso taladrar un forjado para bajar de planta, no habilita a la comunidad para oponerse. Buscamos el recorrido menos invasivo.

¿Cuánto cuesta el cargador en una plaza de garaje comunitario?

Manejamos una horquilla de 1.200 a 2.400 euros con todo dentro: equipo, línea, protecciones, puesta en marcha y legalización. Tu posición dentro de esa banda la deciden dos cosas: cuántos metros hay entre el cuarto de contadores y tu plaza, y las vueltas que tenga que dar la línea por el sótano. Si el wallbox ya lo has comprado tú, el montaje solo va de 400 a 1.400 euros.

¿Quién paga la luz que consume mi coche en el garaje?

Tú, y nadie más. La energía que metes al coche no aparece en el recibo común del edificio: la instalación se cuelga de tu contador o lleva medida propia, de forma que cada kilovatio se cargue donde corresponde. Es, además, lo que desactiva casi todas las objeciones vecinales, porque ningún propietario acaba financiando la recarga de otro. La inversión inicial también sale de tu bolsillo, igualmente.

¿Y si el edificio no tiene potencia suficiente para el punto de recarga?

Primero hay que mirar el margen real, que suele ser mayor de lo que la gente supone, porque el garaje rara vez consume a tope. Con gestión de carga, tu punto ajusta amperios y convive con el resto sin forzar la instalación. Si aun así el edificio se queda corto, toca pedir refuerzo a e-distribución, y ahí el calendario deja de depender de nosotros. Te lo diríamos tras bajar al sótano.

¿Necesito un contador propio para el cargador?

Depende de cómo se resuelva la alimentación. Una vía es enganchar el punto a la derivación individual de tu vivienda: entonces todo pasa por el contador que ya tienes y no hace falta añadir nada. La otra es arrancar del servicio común, y ahí sí conviene un contador secundario o un divisionario que aísle tu consumo. En la visita valoramos cuál compensa en tu edificio, por coste y por metros.

Mi plaza es de alquiler o rotatoria, ¿también puedo instalarlo?

Aquí toca hilar fino. El derecho del artículo 17.5 se apoya en que exista una plaza individual de uso privado. Si la tienes alquilada, lo habitual es que la comunicación la curse el propietario. Y si el garaje funciona con plazas rotatorias o de uso común, ese supuesto se sale del artículo y en la práctica pediría acuerdo de junta: es terreno sin jurisprudencia, así que estudiamos tu caso antes de asegurarte nada.

¿Existe alguna ayuda o subvención para el punto de recarga en 2026?

En julio de 2026 no hay ninguna convocatoria abierta, ni estatal ni andaluza, que subvencione un punto de recarga. El MOVES III dejó de admitir solicitudes al acabar 2025 y el crédito que se amplió en febrero sirvió únicamente para la lista de reserva. El Plan Auto+ financia el vehículo, no la instalación. Queda la deducción del IRPF: un 15 por ciento, base máxima de 4.000 euros, hasta 600 de rebaja.

¿Cuánto se tarda en instalar el cargador en la comunidad?

Conviene separar dos cosas. La obra física, en un garaje sin complicaciones, se hace en uno o dos días, y ese día ni siquiera tienes que estar. El proceso completo —visita, comunicación al edificio, montaje y legalización— se mide en semanas. La excepción conocida es que haya que reforzar potencia con la distribuidora: entonces el reloj lo lleva ella y nadie serio puede darte una fecha cerrada.

¿Hace falta proyecto para legalizar la recarga en un aparcamiento?

En un garaje ya existente de un edificio de viviendas, no, por grande que sea el sótano: la ITC-BT-04 lo dice con todas las letras y basta memoria técnica de diseño más boletín. El proyecto aparece en otros supuestos: potencia superior a 50 kW, instalaciones exteriores de más de 10 kW o carga rápida en continua. Cuando toca proyecto, se suma la inspección de un organismo de control.

¿Es seguro tener un cargador dentro de un garaje cerrado?

Un punto bien ejecutado es bastante más seguro que el enchufe improvisado que algunos acaban usando. La ITC-BT-52 obliga a diferencial clase A de 30 miliamperios por cada punto, magnetotérmico de corte omnipolar con curva C, protección contra sobretensiones y su conductor de tierra. Sobre el famoso diferencial tipo B: no es obligatorio. La norma admite el tipo A con detección de 6 miliamperios en continua, que casi todos los cargadores llevan integrada.

Presupuesto

Pide presupuesto para el punto de recarga de tu plaza en Almería

Cuéntanos en qué edificio está tu plaza y, si puedes, cuánto hay más o menos desde el cuarto de contadores hasta donde aparcas. Con eso te damos una primera horquilla el mismo día. El importe en firme sale de bajar al sótano contigo: es la única forma seria de contar metros, ver por dónde cabe la línea y saber qué potencia tiene el edificio. La visita no cuesta nada y no te compromete a nada.

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Tu cargador en la plaza del garaje, con boletín y sin pedir permiso a nadie

Bajamos a ver tu sótano, medimos el recorrido y te ponemos el importe por escrito. Te dejamos redactada la comunicación a la comunidad, ejecutamos como instaladores autorizados y registramos el boletín. Al terminar te damos la carpeta lista para restar hasta 600 € en la renta.